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La Creación de la empresa

Autor: Elío Ferrán Rodríguez - 03/06/2011 - 3571 lecturas.


En primer lugar necesitas conocer a qué obligaciones fiscales se enfrenta la empresa, pero para ello debes decidir qué tipo de empresa vas a fundar. Dependiendo de esto, las obligaciones difieren. Para hacerlo más sencillo y por ser el tipo más común en tu campo (la mayoría de las PYMES se establecen bajo este epígrafe) vamos a suponer que registrarás una Sociedad Limitada (S.L. o Sociedad de Responsabilidad Limitada).
 
Este tipo de sociedad mercantil es la más sencilla de montar en la que la responsabilidad está limitada al capital aportado. Esto significa que si la cosa va mal y la empresa tiene deudas estas sólo podrán nutrirse de un fondo de la empresa y tú jamás tendrás problemas de embargos de bienes o cuentas personales.
 
Además, tienes la ventaja de que el mínimo de socios de una Sociedad Limitada es de uno (S.L: Unipersonal) y el capital aportado mínimo debe ser sólo de 3005,6 €.
 
Las obligaciones fiscales de tu S.L. serán las siguientes:

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

El IVA es un impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo. El IVA actúa en todas las fases de producción de un bien, desde que es materia prima hasta que se pone a disposición del consumidor y se grava el valor añadido en cada fase. La carga del impuesto recae sobre el consumidor final, teniendo esta consideración aquel consumidor que no pueda deducirse el IVA soportado. Tu gimnasio estará sujeto al impuesto ya que lo soportará en cada una de las compras de bienes y servicios que realizace (IVA SOPORTADO), y cargarás cargan a tus clientes el importe del IVA en la ventas o servicios realizados (IVA REPERCUTIDO).
La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado por tu empresa es lo que, previa liquidación, se debe ingresar en Hacienda.
Este impuesto es trimestral y anual.

Impuesto anual sobre sociedades

Este impuesto es una tributación sobre los beneficios de la empresa. Se declara anualmente y, actualmente, de forma telemática (por internet) con el equivalente digital al impreso modelo 200 de la Agencia Tributaria.

Declaración de operaciones de más de 3005,06 €

Anualmente tendrás que declarar mediante el modelo 347 las operaciones con una misma persona o entidad que en conjunto hayan superado esta cifra.

Contabilidad

Como Sociedad Mercantil, tu gimnasio estará obligado a llevar una contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad. De esta forma tendrás que tener…

Libro de inventarios y cuentas anuales:

Se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa y se transcribirán en él los balances de sumas y saldos trimestrales así como el inventario de cierre de ejercicio (anual) y cuentas anuales.

Libro diario:

En él se registran día a día las operaciones relativas al ejercicio de la empresa, aunque se permite que aparezcan los totales de forma no superior a un mes siempre que esta actividad aparezca en otros libros registro.

Libro de Actas y Libro de Socios.

Estos libros habrá que legalizarlos en el Registro Mercantil antes de comenzar su uso.

Inscripción de la empresa y del empresario (TÚ) en el Régimen General de Trabajadores Autónomos

El que vayas a crear una Sociedad Limitada significa que vas a establecer tu empresa bajo esa forma jurídica, pero a efectos de la Seguridad Social, debes estar dado de alta como autónomo. Además, tendrás que inscribir a la empresa y a sus trabajadores (si es que vas a empezar ya con algún contratado).

Otras obligaciones

Emisión de facturas completas, disponibilidad de hojas de reclamaciones, pago del Recurso Cameral (Impuestos para las actividades de las Cámaras de Comercio) y adaptación a la Ley Oficial de Protección de Datos.

Trámites

Veamos paso a paso y por orden cronológico todo lo que tienes que hacer para regularizar la empresa que será tu gimnasio.

CONSEJO: SUBVENCIONES

Antes de comenzar, puede ser interesante que te informes de las subvenciones y ayudas a la creación de empresas que puedan estar vigentes. Pueden proceder de la Unión Europea, del estado y de las Administraciones Autónomas (las más activas). También existen subvenciones comunitarias a partir de los Fondos Estructurales, en especial del FEDER (Fondos Europeos para el Desarrollo Económico Regional) y el FSE (Fondo Social Europeo) dentro de su política de desarrollo regional y social en Europa.

Tipos de subvenciones

A fondo perdido Intereses de créditos.
Exoneración de impuestos y tributos.
Desgravaciones de cargas y bonificaciones de las cuotas de la S.S.
Cesión de inmuebles o terrenos de forma gratuita o en muy buenas condiciones.
Es posible que para solicitarlas te pidan un Plan de Negocio, en el que deberás incluir por escrito QUÉ quieres hacer. Entre otras cosas deberías incluir los Análisis de Porter y DAFO que ya has hecho y un plan financiero que podrás encontrar al final de este tutorial.
 
1.                   Certificación negativa de denominación: Debes solicitar el nombre de tu empresa y para ello ir al Registro Mercantil para que te aseguren que ese nombre está libre. No te preocupes por el nombre final de tu gimnasio, podrás poner el que quieras, esta denominación sólo es para facturación, trámites, etc…
2.                   Obtención del CIF provisional: En la delegación de la AEAT correspondiente, con el modelo 036, tu DNI y la certificación negativa de denominación.
3.                   Depósito bancario: En el banco de tu elección, en una cuenta de la empresa creada con el CIF provisional. El depósito será del capital que te indicamos más arriba (3005,6 €). Tendrás que recibir un certificado del ingreso que te servirá más adelante.
4.                   Redacción de estatutos y escritura de constitución: Puedes encontrar multitud de modelos de estatutos en la red. Una vez redactados, con ellos, la certificación bancaria y la certificación negativa de denominación ya puedes pedir hora en el notario para hacer la escritura.
5.                   Liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Una vez hecha la escritura, tienes 30 días para liquidar este impuesto mediante el modelo 600 en la consejería de Hacienda (de forma telemática a través de su web).
6.                   Inscripción de la Sociedad en el Registro Mercantil.
7.                   Obtención del NIF definitivo: En la Administración de la AEAT.
8.                   Declaración censal de inicio de actividad y alta en el impuesto de Actividades Económicas: En la delegación de la AEAT.
9.                   Darte tú de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
10.               Inscripción de la empresa en la S.S.
11.               Alta de los trabajadores en la S.S.
12.               Comunicación de apertura del centro de trabajo: En la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma donde te encuentres.
13.               Obtención de las licencias municipales que apliquen: Esto depende de cada ayuntamiento, deberás informarte, pero para acondicionar tu gimnasio como mínimo probablemente necesites una licencia de obras y la licencia de apertura.
14.               Legalización de libros (ver más arriba en la sección de obligaciones fiscales).
 
CONSEJO: Aunque no estés obligado, piensa en hacerte un seguro de responsabilidad civil. Te puede ahorrar disgustos futuros.
Enhorabuena, acabas de pasar de emprendedor a empresario. ¿Y ahora qué?

Fuente: Soft Sports
http://www.softarsport.es



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